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    Convocadas las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la profesión de Transportista por Carretera

    25/05/2021

     

     

    Según Resolución de 7 de mayo de 2021 de la Dirección General de Mov i l idad y L itora l de la Consejer ía de Fomento e Infraestructuras, por la que se convocan pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el ejercicio de la profesión de Transportista por Carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2021.

     

    Se convocan pruebas de para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte de mercancías y viajeros, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2021.

     

    El plazo de presentación de solicitudes y abono de tasas de la convocatoria correspondiente, será: Convocatoria única 2021: del 18 de junio al 07 de julio de 2021 ambos inclusive. Las solicitudes se dirigirán a la Ilma. Sr. Directora General de Movilidad y Litoral.

     

    - El examen de Transporte de Mercancías. El día 02 de octubre de 2021. - El examen de Transporte de Viajeros. El día 30 de septiembre de 2021.

    Requisitos de los aspirantes:

    1) Presentar la solicitud y el abono de la tasa (T120) del examen en el periodo de inscripción. Conforme dispone el Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones especiales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Tendrán una bonificación del 50%, los solicitantes que se encuentren en situación de desempleo en el momento del devengo de la tasa. Asimismo, gozarán del mismo porcentaje de bonificación las víctimas de terrorismo, así como sus cónyuges e hijos. Estarán exentos del pago de la tasa los aspirantes que inicien sus actividades empresariales o profesionales, cuando el devengo de la tasa se produzca durante el primer y segundo año de actividad.

    2) Únicamente podrán concurrir a examen las personas que acrediten hallarse previamente en posesión de alguno de los siguientes títulos de formación: · Título de Bachiller o equivalente. · Título de Técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado medio, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido. · Título de Técnico Superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado superior, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido. · Cualquier título acreditativo de haber superado unas enseñanzas universitarias de grado o postgrado.

    3) Los aspirantes al reconocimiento de competencia profesional únicamente podrán concurrir a las pruebas a celebrar ante el Tribunal correspondiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, si: · Tiene su residencia habitual en la Región de Murcia. · Trabaja en la Región de Murcia. A estos efectos, se entenderá por residencia habitual el lugar en el que una persona viva habitualmente, es decir, durante por lo menos 185 días por cada año civil, por razón de vínculos personales que revelen lazos estrechos entre la persona y el lugar en que habita.

     
    Consultar bases íntegras: BORM de 19 de mayo 2021

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    BORM de 19 de mayo 2021

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